Ciudad de México 1 noviembre.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), acordó que el Instituto Nacional Electoral (INE) no debe privilegiar las firmas electrónicas para apoyos a la revocación de mandato.
Y es en los lineamientos emitidos por el INE se señalaba que solo en los municipios de más alta marginación se podrían recoger firmas en papel en favor de dicho ejercicio ciudadano.
Como se recordará el objetivo es preguntarle a la ciudadanía en 2022 si AMLO debe seguir en el gobierno. Lo anterior como un posicionamiento político de la 4T, que postula que el pueblo debe decidir si cualquier gobierno continúa o no en funciones.
Y es que el Tribunal electoral revocó de esa manera una parte de los lineamientos emitidos por el INE para juntar firmas de apoyo a la revocación de mandato.
Es decir, que se instruye a dicho instituto a aceptar por igual las firmas tanto electrónicas como en papel de quienes son favorables al ejercicio ciudadano.
En el debate del tribunal electoral la magistrada Mónica Soto destacó que en el proceso no se puede eliminar una de las formas de recolección de firmas que establecen.
En este sentido reconoció que las aplicaciones electrónicas y por facilita el trabajo técnico. Sin embargo, esto no debe ser limitación para las firmas en papel.
«…, sin limitar la otra opción que establece la ley, es decir que quede en manos de las y los ciudadanos”, expresó.
Por su parte el magistrado del tribunal José Luis Vargas llamó la atención sobre el hecho de que la Ley reconoce que deben existir tanto formatos impresos y digitales. Al respecto se refirió a lo establecido en el artículo XI de la Ley Federal de Revocación de Mandato.
Por ello, apuntó, es obligación del INE presentar ambas posibilidades “aún cuando por la facilidad técnica y precisión pueda fomentar el uso de la aplicación».
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