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Profepa clausura seis desarrollos en Cabo Pulmo

Del 16 al 25 de febrero, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizó un operativo de inspección en materia de impacto ambiental en el Área Natural Protegida Parque Nacional “Cabo Pulmo”, que derivó en la clausura temporal total de seis desarrollos inmobiliarios por realizar obras y actividades sin contar con la autorización correspondiente en materia de impacto ambiental.

Con apoyo de elementos de la Guardia Nacional, verificó denuncias ciudadanas relacionadas con afectaciones en la zona costera del municipio de Los Cabos, dentro y en las inmediaciones del polígono del Área Natural Protegida. Durante los recorridos se identificaron ocho sitios, en los que se practicaron igual número de inspecciones.

Como resultado, se impusieron seis clausuras temporales totales en los desarrollos denominados: “The Last Place”, con una superficie de 1.19 hectáreas; “La Ribera”, con 1.12 hectáreas; “Costa Coral”, con 24.9 hectáreas; un desarrollo sin nombre, con 15.7 hectáreas; “Club de Playa Las Barracas”, con 14.2 hectáreas; y otro predio cercado, con una superficie aproximada de 0.23 hectáreas.

Sin permiso

 

En todos los casos se constató la realización de obras, delimitación perimetral mediante cercas o bardas y cambio de uso de suelo en terrenos forestales con vegetación de matorral sarcocaule (característico de Baja California Sur), en ecosistema costero, sin contar con la autorización federal en materia de impacto ambiental.

En los dos sitios restantes no se detectaron obras ni actividades de competencia federal, por lo que únicamente se levantaron las actas circunstanciadas correspondientes.

El Parque Nacional Cabo Pulmo fue decretado el 6 de junio de 1995 y cuenta con una superficie de 7,111 hectáreas que comprenden zona marina y terrestre. Se trata del único sistema arrecifal del Mar de Cortés y es reconocido como Patrimonio Mundial por la UNESCO. Debido a su alto valor ecológico, cualquier obra o actividad que pueda generar desequilibrios ecológicos debe someterse previamente al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental Federal, conforme a lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento.

EDITORIAL

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