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Se publica el Plan B electoral en el DOF

Hoy fue publicado el Plan B de Reforma Electoral en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Entrará en vigor el día 3 de marzo, aunque sus disposiciones no serán aplicables para las elecciones de Coahuila y el Estado de México.

Este decreto, impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador, incluye modificaciones a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, además de contemplar la expedición de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

La publicación del Plan B en el DOF puso en marcha la reestructuración del Instituto Nacional Electoral (INE) que, en reiteradas ocasiones, ha sido criticada debido al principio de austeridad mediante el cual se rige.

Austeridad

Entre los aspectos más relevantes del decreto está la reducción del Servicio Profesional Electoral Nacional, pues ordena al INE a fusionar su estructura con la de los Organismos Públicos Locales Electorales (Oples) mediante un estatuto que deberá ser presentado a más tardar el 30 de julio de 2023.

El Plan B establece que los Oples tendrán que adecuar su funcionamiento para mantener “la estructura ocupacional mínima”. En este sentido, las reformas establecen que estos organismos no tendrán estructuras municipales o distritales permanentes y estas sólo podrán ser instaladas durante los procesos electorales con un máximo de tres consejeros electorales (o cinco, en casos extraordinarios que lo requieran).

Menos atribuciones a la Secretaría Ejecutiva

Otro de los ajustes al funcionamiento del INE que causó gran controversia fue la reducción de atribuciones al titular de la Secretaría Ejecutiva, quien hasta antes de la publicación del Plan B era Edmundo Jacobo Molina.

Por ejemplo, con las reformas la o el Secretario Ejecutivo ya no tendrá la facultad de nombrar a los integrantes de las juntas locales y distritales ejecutivas. Además, tampoco podrá realizar el anteproyecto de presupuesto del INE para someterlo a consideración del presidente del Consejo General.

“Dada la modificación de las facultades de Secretaría Ejecutiva con la entrada en vigor del presente Decreto, la persona titular de dicho cargo cesará en sus funciones a partir de su publicación”, establece el paquete de reformas aprobado por el Congreso.

Ante esta situación, el Consejo General del INE deberá nombrar, entre los directores ejecutivos, a un encargado de despacho para que, en la sesión ordinaria del mes de mayo de 2023, se designe a la nueva persona que encabezará la Secretaría Ejecutiva para el periodo 2023-2029.

EDITORIAL

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